Las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible son una iniciativa del Ministerio de Trabajo y Economía Social que tiene como objetivo financiar proyectos en materia de economía social para los años 2024-2025.
La convocatoria, dotada con un presupuesto de 80 millones de euros, está enmarcada en el Componente 23: “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y forma parte del PERTE de la Economía Social y de los Cuidados.
¿A quiénes va dirigida?
Pueden optar a estas ayudas entidades de la Economía Social: cooperativas, mutualidades, fundaciones, asociaciones que lleven a cabo actividad económica, sociedades laborales, empresas de inserción, centros especiales de empleo, cofradías de pescadores, sociedades agrarias de transformación y otras entidades singulares creadas por normas específicas que se rijan por los principios de la Economía Social.
La convocatoria también está abierta a entidades representativas de la Economía Social (ES) y a Agrupaciones de entidades.
En el caso de las agrupaciones, las entidades que pueden optar a las ayudas son las universidades públicas y privadas, los centros de investigación, las diferentes Administraciones de las CC.AA. y entidades de la Administración local y el sector público institucional, siempre que presenten un proyecto en agrupación con una entidad de la Economía Social y/o entidades representativas de las mismas.
Los requisitos básicos para formar estas agrupaciones y optar a las ayudas son:
- Cumplir los mismos requisitos que cualquier entidad beneficiaria.
- Suscribir un acuerdo interno que regule su funcionamiento.
- Nombrar un representante único.
No es necesario que se constituyan en forma jurídica para concurrir en agrupación.
Están ayudas están dirigidas a proyectos de carácter incentivador, lo que conlleva que el proyecto debe iniciarse a partir de que el beneficiario haya presentado la solicitud y de ámbito nacional, lo que supone que las entidades beneficiarias deben tener su domicilio fiscal permanentemente en territorio español y que los proyectos objeto de la convocatoria de ayudas se deben desarrollar, ejecutar o implantar en, al menos, dos comunidades autónomas.
Toda la información en el siguiente enlace.
Fuente: Gobierno de España. Presidencia del Gobierno